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Ficha detallada del recurso
Convocatoria de Subvenciones para el Desarrollo de Programas Emblemáticos de Cultura de Entidades Locales correspondientes al 2012 . Córdoba, España
Primera.- Presupuesto.
La cuantía económica de la presente convocatoria de subvenciones para el desarrollo de Programas Emblemáticos de Cultura de Entidades Locales, asciende a la cantidad de CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL EUROS (184.000,00 €), que se imputarán a la aplicación presupuestaria 550.3341.46299 del presupuesto de la Delegación de Cultura para el ejercicio 2012.
Segunda.- Objeto de la convocatoria.
Uno. Características Generales.
Es objeto de la presente convocatoria apoyar técnica y económicamente a las Entidades Locales para el desarrollo de Proyectos culturales que surgen de la iniciativa municipal y que cuentan con características propias y singulares
Entendemos por programa singular o emblemático aquel que por su presupuesto, contenido, estructura, finalidad u otras particularidades suponen un hecho cultural de personalidad propia.
Para obtener la calificación de Programa Singular o Emblemático la actividad propuesta deberá tener las siguientes características:
1ª.- Tratarse de una actividad significativa y representativa del municipio que trascienda el interés puramente local y contribuya al posicionamiento de la Entidad Local en el mapa cultural actual.
2ª.- Tener un carácter creativo e innovador sin excluir de sus objetivos la promoción de la identidad, diversidad y el diálogo cultural.
3ª.- Que el proyecto o actividad esté relacionado con las artes escénicas (teatro y danza), audiovisuales, cinematográficas, musicales, flamenco, difusión del patrimonio cultural y literatura.
4ª.- La consideración de actividad singular y concesión de subvención se regulará mediante Convenio de Colaboración entre la Diputación Provincial de Córdoba y el Ayuntamiento correspondiente, utilizándose para ello el Modelo Tipo de Convenio aprobado en la Base 26 de las de Ejecución del Presupuesto de la Diputación para el ejercicio 2012.
Se establecen en la presente convocatoria los modelos de concesión de subvenciones siguientes:
Dos. Subvenciones a Entidades Locales menores de 20.000 habitantes.
Para tener consideración de Programa Singular, en Entidades Locales de menos de 20.000 habitantes, la actividad propuesta deberá tener las siguientes características:
1ª.- La actividad deberá contar con una antigüedad de al menos tres ediciones.
2ª.- Haber contado al menos en las dos últimas ediciones, con la colaboración económica de la Delegación de Cultura de la Diputación de Córdoba.
3ª.- Contar con financiación de otras Instituciones y/o Entidades públicas y privadas.
4ª.- El acceso del público o participantes a la actividad ofrecida no puede tener carácter gratuito.
5ª.- Un mismo Ayuntamiento sólo puede tener reconocida una actividad singular.
6ª.- Excepcionalmente, la Comisión Evaluadora prevista en la Base Séptima podrá proponer la concesión de subvenciones a Programas Singulares o Emblemáticos que no reúnan las características 1ª y 2ª pero que, reuniendo las características generales enumeradas en el número Uno de esta Base, gocen de un indudable interés para el desarrollo del Programa Provincial de Cultura, a juicio de la Comisión.
Tres. Subvenciones a Entidades Locales superiores a 20.000 habitantes.
Podrán presentarse para su financiación aquellos proyectos, actividades, y/o actuaciones, que reúnan las condiciones exigidas en la Base Segunda Uno de la presente convocatoria, incluidas en los programas culturales de las distintas Entidades Locales mayores de 20.000 habitantes, a desarrollar en el año 2012.
Tercera.- Régimen de concesión.
La concesión de las subvenciones a que se refiere la presente convocatoria se realizará por concurrencia competitiva.
Cuarta.- Financiación máxima.
La Subvención que se conceda es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, sin que en ningún caso, la cuantía, aisladamente o en concurrencia con subvenciones de otras instituciones y/o Entidades públicas y privadas, supere el coste de la actividad a desarrollar y en ningún caso la aportación de la Diputación de Córdoba podrá superar el 50% del coste total, ni el 20% de la dotación presupuestaria de la presente convocatoria.
Quinta.- Solicitudes, documentación y plazo.
Uno.- Las solicitudes deberán estar suscritas por<
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